Conversión de Moneda Extranjera
Alcance de esta sección
Una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos formas diferentes. Puede tener transacciones en moneda extranjera o puede tener negocios en el extranjero. Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera. Esta sección prescribe cómo incluir las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, en los estados financieros de una entidad, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación. La contabilización de instrumentos financieros que deriven su valor razonable de variaciones en la tasa de cambio de una moneda extranjera especificada (por ejemplo, contratos de intercambio a término en moneda extranjera) denominados en moneda extranjera y la contabilidad de coberturas de partidas en moneda extranjera se tratan en la Sección 11 Instrumentos Financieros.
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Moneda funcional
Cada entidad identificará su moneda funcional. La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad.
Citado en 1 parrafo
El entorno económico principal en el que opera la entidad es, normalmente, aquél en el que ésta genera y emplea el efectivo. Por lo tanto, los factores más importantes que una entidad considerará al determinar su moneda funcional son los siguientes:
La moneda:
que influya fundamentalmente en los precios de venta de los bienes y servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden los precios de venta de sus bienes y servicios); y
del país cuyas fuerzas competitivas y regulaciones determinen fundamentalmente los precios de venta de sus bienes y servicios.
La moneda que influya fundamentalmente en los costos de la mano de obra, de los materiales y de otros costos de producir los bienes o suministrar los servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden tales costos).
Los siguientes factores también pueden suministrar evidencia acerca de la moneda funcional de una entidad:
la moneda en la cual se generan los fondos de las actividades de financiación (la que corresponde a los instrumentos de deuda y patrimonio emitidos); y
la moneda en que se mantienen los importes cobrados por las actividades de operación.
Se considerarán, además, los siguientes factores al determinar la moneda funcional de un negocio en el extranjero, así como al decidir si esta moneda funcional es la misma que la correspondiente a la entidad que informa (en este contexto, la entidad que informa es la que tiene al negocio en el extranjero como subsidiaria, sucursal, asociada o acuerdo conjunto):
si las actividades del negocio en el extranjero se llevan a cabo como una extensión de la entidad que informa, en lugar de hacerlo con un grado significativo de autonomía. Un ejemplo de la primera situación es cuando el negocio en el extranjero solo vende bienes importados de la entidad que informa, y remite a esta los importes obtenidos. Un ejemplo de la segunda situación es cuando el negocio acumula efectivo y otras partidas monetarias, incurre en gastos, genera ingresos y toma préstamos, todo sustancialmente en su moneda local.
si las transacciones con la entidad que informa constituyen una proporción alta o baja de las actividades del negocio en el extranjero.
si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero afectan directamente a los flujos de efectivo de la entidad que informa, y están disponibles para ser remitidos a la misma.
si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero son suficientes para atender las obligaciones por deudas actuales y esperadas, en el curso normal de la actividad, sin que la entidad que informa deba poner fondos a su disposición.
Estimación de la tasa de cambio de contado cuando una moneda no es convertible (párrafos 30A.12 a 30A.18)
Si, en una fecha de medición, una moneda no es convertible en otra moneda (como se describe en los párrafos 30A.2 a 30A.11), una entidad estimará la tasa de cambio al contado en esa fecha. El objetivo de una entidad al estimar la tasa de cambio de contado es reflejar la tasa a la que se realizaría una transacción de cambio ordenada en la fecha de medición entre los participantes del mercado bajo las condiciones económicas imperantes.
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Citado en 6 parrafos
Información sobre las transacciones en moneda extranjera en moneda funcional
Reconocimiento inicial
Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera, incluyendo transacciones que surgen cuando una entidad:
compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera;
presta o toma prestados fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera; o
adquiere o dispone de activos, o bien incurre o liquida pasivos, siempre que estas operaciones se hayan denominado en moneda extranjera.
Citado en 1 parrafo
En el momento del reconocimiento inicial de una transacción en moneda extranjera, una entidad la registrará aplicando al importe de la moneda funcional la tasa de cambio de contado entre la moneda funcional y la moneda extranjera en la fecha de la transacción.
La fecha de una transacción es la fecha en la cual la transacción cumple las condiciones para su reconocimiento, de acuerdo con esta Norma. Por razones de orden práctico, se utiliza a menudo una tasa de cambio aproximada a la existente en el momento de realizar la transacción, por ejemplo, puede utilizarse una tasa media semanal o mensual para todas las transacciones en cada moneda extranjera que tengan lugar durante ese periodo. Sin embargo, cuando las tasas de cambio varían de forma significativa, resultará inadecuado el uso de la tasa promedio del periodo.
Cuando una entidad paga o recibe una contraprestación por adelantado en una moneda extranjera, reconoce un activo no monetario o un pasivo no monetario. La tasa de cambio que debe utilizarse en el reconocimiento inicial del activo, gasto o ingreso correspondiente (o parte de él) es la tasa de cambio en la fecha en que la entidad reconoció inicialmente el activo no monetario o el pasivo no monetario derivado del pago o la recepción de una contraprestación anticipada. Si existen múltiples pagos o cobros anticipados, la entidad determinará una fecha de la transacción para cada pago o cobro de la contraprestación anticipada.
Citado en 1 parrafo
Información al final de los periodos posteriores sobre los que se informa
Al final de cada periodo sobre el que se informa, la entidad:
convertirá las partidas monetarias en moneda extranjera utilizando la tasa de cambio de cierre;
convertirá las partidas no monetarias que se midan en términos de costo histórico en una moneda extranjera, utilizando la tasa de cambio en la fecha de la transacción; y
convertirá las partidas no monetarias que se midan al valor razonable en una moneda extranjera, utilizando las tasas de cambio en la fecha en que se determinó dicho valor razonable.
Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al convertir las partidas monetarias a tasas diferentes de las que se utilizaron para su conversión en el reconocimiento inicial durante el periodo o en periodos anteriores, excepto por lo descrito en el párrafo 30.13.
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Cuando otra sección de esta Norma requiera que se reconozca ganancia o pérdida procedente de una partida no monetaria en otro resultado integral, una entidad reconocerá cualquier componente del cambio de esa ganancia o pérdida en otro resultado integral. Por el contrario, cuando una ganancia o pérdida en una partida no monetaria se reconozca en resultados, una entidad reconocerá cualquier componente del cambio de esa ganancia o pérdida en los resultados del periodo.
Inversión neta en un negocio en el extranjero
Una entidad puede tener partidas monetarias por cobrar o pagar a un negocio en el extranjero. Una partida cuya liquidación no está contemplada ni sea probable que ocurra en el futuro previsible es, en esencia, una parte de la inversión neta de la entidad en ese negocio en el extranjero, y se contabilizará de acuerdo con el párrafo 30.13. Estas partidas monetarias pueden incluir préstamos o cuentas por cobrar a largo plazo. No se incluyen las cuentas de deudores o acreedores comerciales.
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Las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria, que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero de la entidad que informa, se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de esa entidad, o en los estados financieros individuales del negocio en el extranjero, según resulte apropiado. En los estados financieros que contengan al negocio en el extranjero y a la entidad que informa (por ejemplo, los estados financieros consolidados cuando el negocio en el extranjero sea una subsidiaria), estas diferencias de cambio se reconocerán inicialmente en otro resultado integral y se presentarán como un componente del patrimonio. No se volverán a reconocer en resultados del periodo en el momento de la disposición de la inversión neta.
Citado en 3 parrafos
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Cada asiento y reporte tiene en cuenta esta normativa automaticamente.
Cambio de moneda funcional
Cuando se produzca un cambio en la moneda funcional de una entidad, ésta aplicará los procedimientos de conversión que sean aplicables a la nueva moneda funcional de forma prospectiva, desde la fecha del cambio.
Como se destacó en los párrafos 30.2 a 30.5, la moneda funcional de una entidad reflejará las transacciones, sucesos y condiciones subyacentes que son relevantes para la misma. Por consiguiente, una vez que se haya determinado la moneda funcional, sólo podrá cambiarse si se modifican las mismas. Por ejemplo, un cambio en la moneda que influya de forma determinante en los precios de venta de los bienes y servicios podría inducir un cambio en la moneda funcional de la entidad.
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El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva. En otras palabras, una entidad convertirá todas las partidas a la nueva moneda funcional utilizando la tasa de cambio en la fecha en que se produzca la modificación. Los importes convertidos resultantes para partidas no monetarias se tratarán como sus costos históricos.
Utilización de una moneda de presentación distinta de la moneda funcional
Conversión a la moneda de presentación
Una entidad puede presentar sus estados financieros en cualquier moneda (o monedas). Si la moneda de presentación difiere de la moneda funcional de la entidad, ésta convertirá sus partidas de ingresos y gastos y de situación financiera a la moneda de presentación elegida. Por ejemplo, cuando un grupo está formado por entidades individuales con monedas funcionales diferentes, las partidas de ingresos y gastos y la situación financiera de cada entidad se expresarán en una moneda común, de forma que puedan presentarse estados financieros consolidados.
Citado en 2 parrafos
Una entidad, cuya moneda funcional no se corresponda con la moneda de una economía hiperinflacionaria, convertirá sus resultados y situación financiera a una moneda de presentación diferente utilizando los siguientes procedimientos:
los activos y pasivos de cada uno de los estados de situación financiera presentados (es decir, incluyendo las cifras comparativas), se convertirán a la tasa de cambio de cierre en la fecha del correspondiente estado de situación financiera;
los ingresos y gastos para cada estado del resultado integral (es decir, incluyendo las cifras comparativas), se convertirán a las tasas de cambio en la fecha de la transacción; y
todas las diferencias de cambio resultantes se reconocerán en otro resultado integral y presentarán como un componente de patrimonio. No se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo.
Citado en 2 parrafos
Por razones prácticas, una entidad puede utilizar una tasa que aproxime las tasas de cambio en las fechas de las transacciones, por ejemplo una tasa de cambio media del periodo, para convertir las partidas de ingreso y gasto. Sin embargo, cuando las tasas de cambio varían de forma significativa, resultará inadecuado el uso de la tasa promedio del periodo.
Citado en 1 parrafo
Las diferencias de cambio a las que se refiere el párrafo 30.18(c) proceden de: Cuando las diferencias de cambio se refieren a un negocio en el extranjero que se consolida, pero que no está participado en su totalidad, las diferencias de cambio acumuladas surgidas de la conversión que sean atribuibles a la participación no controladora se distribuirán a dicha participación no controladora y se reconocerán como parte de ella en el estado de situación financiera consolidado.
la conversión de los gastos e ingresos a las tasas de cambio en las fechas de las transacciones, y la de los activos y pasivos a la tasa de cambio de cierre; y
la conversión del activo neto inicial a una tasa de cambio de cierre que sea diferente de la tasa utilizada en el cierre anterior.
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Una entidad, cuya moneda funcional sea la moneda de una economía hiperinflacionaria, convertirá sus resultados y situación financiera a una moneda de presentación diferente utilizando los procedimientos que se especifican en la Sección 31 Hiperinflación.
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Conversión de un negocio en el extranjero a la moneda de presentación del inversor
Al incorporar los activos, pasivos, ingresos y gastos de un negocio en el extranjero a los de la entidad que informa, la entidad seguirá los procedimientos normales de consolidación, tal como la eliminación de los saldos y transacciones intragrupo de una subsidiaria (véase la Sección 9 Estados Financieros Consolidados y Separados) y los procedimientos de conversión establecidos en los párrafos 30.17 a 30.21. Sin embargo, un activo (o pasivo) monetario intragrupo, ya sea a corto o a largo plazo, no puede ser eliminado contra el correspondiente pasivo (o activo) intragrupo, sin mostrar los resultados de las fluctuaciones de la moneda en los estados financieros consolidados. Esto es así porque la partida monetaria representa un compromiso de convertir una moneda en otra, lo que expone a la entidad que informa a una ganancia o pérdida por las fluctuaciones de las monedas. Por consiguiente, en los estados financieros consolidados, una entidad que informa continuará reconociendo esta diferencia de cambio en los resultados o, si surge de las circunstancias descritas en el párrafo 30.13, la entidad procederá a reconocerla como otro resultado integral.
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Citado en 1 parrafo
Tanto la plusvalía surgida por la adquisición de un negocio en el extranjero, como los ajustes del valor razonable practicados al importe en libros de los activos y pasivos, a consecuencia de la adquisición de un negocio en el extranjero, se deben tratar como activos y pasivos del mismo. Así, éstos se expresarán en la moneda funcional del negocio en el extranjero, y que se convertirán a la tasa de cambio de cierre, de acuerdo con el párrafo 30.18.
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Información a revelar
En los párrafos 30.26 y 30.27, las referencias a la “moneda funcional” se aplicarán, en el caso de un grupo, a la moneda funcional de la controladora.
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Una entidad revelará la siguiente información:
el importe de las diferencias de cambio reconocidas en el resultado durante el periodo, con excepción de las procedentes de los instrumentos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados, de acuerdo con la Sección 11 Instrumentos Financieros; y
el importe de las diferencias de cambio que surjan durante el periodo y que se clasifiquen en un componente separado del patrimonio al final del periodo.
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Una entidad revelará la moneda en la cual se presentan los estados financieros. Cuando la moneda de presentación sea diferente de la moneda funcional, una entidad señalará este hecho y revelará la moneda funcional y la razón de utilizar una moneda de presentación diferente.
Citado en 1 parrafo
Cuando se produzca un cambio en la moneda funcional de la entidad que informa o de algún negocio en el extranjero significativo, la entidad revelará este hecho, así como la razón de dicho cambio en la moneda funcional.
Cuando una entidad estime una tasa de cambio al contado porque una moneda no es convertible en otra moneda (véase el párrafo 30.5A), la entidad revelará:
la moneda y una descripción de las restricciones que dan lugar a que dicha moneda no sea convertible en otra;
una descripción de las transacciones afectadas;
el importe en libros de los activos y pasivos afectados;
las tasas de cambio de contado usadas y si dichas tasas son:
tasas de cambio observables sin ajuste (véanse los párrafos 30A.13 a 30A.17); o
las tasas de cambio de contado estimadas mediante otra técnica de estimación (véase el párrafo 30A.18); y
información sobre el proceso de estimación, incluyendo información
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Cada asiento y reporte tiene en cuenta esta normativa automaticamente.
Información a revelar
Cuando la moneda funcional de un negocio en el extranjero no sea convertible en la moneda de presentación de la entidad o la moneda de presentación no sea convertible en la moneda funcional de una operación en el extranjero, la entidad revelará:
el nombre del negocio en el extranjero;
si el negocio en el extranjero es una subsidiaria, una entidad controlada de forma conjunta, una asociada o una sucursal;
el lugar principal de negocios del negocio en el extranjero;
información financiera resumida sobre el negocio en el extranjero; y
la naturaleza y condiciones de los acuerdos contractuales que podrían requerir que la entidad proporcione apoyo financiero al negocio en el extranjero, incluyendo sucesos o circunstancias que podrían exponer a la entidad a una pérdida.
Apéndice de la Sección 30 Guía de aplicación
Este Apéndice es una parte integral de la Sección 30. El propósito de esta guía de aplicación es ayudar a las entidades a evaluar si una moneda es convertible (véanse los párrafos 30A.2 a 30A.11) y estimar la tasa de cambio al contado cuando una moneda no es convertible (véanse los párrafos 30A.12 a 30A.18).
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Paso 1—Evaluación de si una moneda es convertible
Una moneda es convertible en otra moneda cuando una entidad es capaz de obtener la otra moneda en un plazo que permite un retraso administrativo normal y a través de un mercado o mecanismo de cambio en el que una transacción de intercambio crearía derechos u obligaciones exigibles. Una entidad evalúa si una moneda es convertible en otra moneda:
en una fecha de medición; y
para un propósito especificado.
Citado en 3 parrafos
Si una entidad no puede obtener más que un importe insignificante de la otra moneda en la fecha de medición para el fin especificado, la moneda no es convertible en la otra moneda.
Una entidad podría determinar que una moneda no es convertible en otra moneda, aunque esa otra moneda pudiera ser convertible en el otro sentido. Por ejemplo, una entidad podría determinar que la moneda MP no es convertible en la moneda ML, aunque la moneda ML sea convertible en la moneda MP.
Marco temporal
Una tasa de cambio de contado es la tasa de cambio utilizada en las transacciones con entrega inmediata. Sin embargo, una transacción de cambio puede no completarse de forma instantánea, debido a requerimientos legales o de regulación o por razones prácticas tales como vacaciones oficiales. Un retraso administrativo normal para obtener la otra moneda no impide que una moneda sea convertible en otra. Qué constituye un retraso administrativo normal depende de los hechos y circunstancias en torno a la transacción de intercambio.
Capacidad para obtener la otra moneda
Al evaluar si una moneda es convertible en otra, una entidad considerará su capacidad para obtener la otra moneda, (directa o indirectamente) y en lugar de su intención o decisión de hacerlo. Por ejemplo, sujeto a los otros requerimientos de los párrafos 30A.2 a 30A.11, independientemente de si la entidad pretende o decide obtener moneda MP, la moneda MC es convertible en moneda MP si la entidad es capaz o bien (directamente) de cambiar MC por MP, o bien (indirectamente) de cambiar MC por otra moneda (MF) y luego cambiar MF por MP.
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Mercados o mecanismos de cambio
Al evaluar si una moneda es convertible en otra, una entidad considerará solo mercados o mecanismos de cambio en los que una transacción para cambiar la moneda por la otra crearía derechos y obligaciones exigibles. La exigibilidad es un tema legal. Si una transacción de cambio en un mercado o mecanismo de mercado crearía derechos y obligaciones exigibles depende de los hechos y circunstancias en torno a la transacción de intercambio.
Propósito de obtener la otra moneda
Las tasas de cambio pueden variar en función del uso que se vaya a dar a la moneda. Por ejemplo, las autoridades competentes de una jurisdicción podrían fijar una tasa de cambio preferente para las importaciones de bienes específicos y una tasa de cambio "de penalización" para los pagos de dividendos a otras jurisdicciones.
En consecuencia, el hecho de que una moneda sea convertible en otra moneda podría depender de la finalidad para la que una entidad obtiene (o hipotéticamente podría necesitar obtener) la otra moneda. Al evaluar la convertibilidad, la entidad asumirá que su propósito al obtener la otra moneda es:
realizar o liquidar transacciones, activos o pasivos individuales en moneda extranjera cuando la entidad informa sobre transacciones en moneda extranjera en su moneda funcional (véanse los párrafos 30.6 a 30.11 y 30.14 a 30.16).
realizar o liquidar sus activos netos o pasivos netos cuando la entidad utilice una moneda de presentación distinta de su moneda funcional (véanse los párrafos 30.17 a 30.21). Los activos netos de la entidad pueden realizarse, por ejemplo, mediante el pago de dividendos a sus accionistas o la disposición de la inversión en la entidad por parte de sus accionistas.
realizar o liquidar su inversión neta en el negocio en el extranjero cuando la entidad convierta los resultados y la situación financiera de un negocio en el extranjero en la moneda de presentación (véanse los párrafos 30.22 a 30.23). La inversión neta de la entidad en un negocio en el extranjero puede realizarse, por ejemplo, mediante la percepción de dividendos del negocio en el extranjero o la disposición de la inversión en el negocio en el extranjero.
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Citado en 2 parrafos
La entidad evaluará si una moneda es convertible en otra moneda de forma separada para cada uno de los fines especificados en el párrafo 30A.9.
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Capacidad de obtener solo cantidades limitadas de la otra moneda
Una moneda no es convertible en otra moneda en la fecha de medición si, para un propósito especificado en el párrafo 30A.9, una entidad no puede obtener más que un importe insignificante de la otra moneda. Por ejemplo, una entidad con una moneda funcional ML tiene pasivos denominados en moneda MF. La entidad evalúa si el importe total de MF que puede obtener para liquidar esos pasivos no es más que un importe insignificante comparado con el importe agregado (la suma) de sus saldos de pasivos denominados en MF.
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Paso 2—Estimar la tasa de cambio de contado cuando una moneda no es convertible (párrafo 30.5A)
Esta Norma no especifica cómo estima la entidad la tasa de cambio de contado cuando una moneda no es convertible. Al estimar la tasa de cambio de contado para cumplir el objetivo del párrafo 30.5A, se permite a la entidad utilizar:
tasas de cambio observables sin ajuste (véanse los párrafos 30A.13 a 30A.17); o
otra técnica de estimación (véase el párrafo 30A.18).
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Citado en 2 parrafos
Uso de una tasa de cambio observable sin ajuste
Entre los ejemplos de una tasa de cambio observable no ajustada se incluyen:
una tasa de cambio al contado para un propósito distinto de aquel para el que la entidad evalúa la convertibilidad (véanse los párrafos 30A.14 y 30A.15); y
la primera tasa de cambio a la que una entidad puede obtener la otra moneda para el propósito especificado después de que se restablezca la convertibilidad de la moneda (primera tasa de cambio posterior) (véanse los párrafos 30A.16 y 30A.17).
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Citado en 2 parrafos
Uso de una tasa de cambio observable para otro propósito
Una moneda que no es convertible en otra para un propósito podría ser convertible en esa moneda para otro propósito. Por ejemplo, una entidad podría ser capaz de obtener una moneda para importar bienes específicos, pero no para pagar dividendos. En tales situaciones, la entidad podría concluir que una tasa de cambio observable con otro propósito cumple el objetivo descrito en el párrafo 30.5A.
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Citado en 1 parrafo
Una tasa de cambio observable para otro propósito podría no reflejar las condiciones económicas imperantes cuando, por ejemplo:
la tasa incluye un "incentivo" o una "penalización" establecidos para animar, o disuadir, a las entidades de obtener la otra moneda para propósitos particulares;
una entidad puede obtener la otra moneda solo para propósitos limitados (por ejemplo, importar suministros de emergencia);
la tasa se establece mediante intervenciones regulares de las autoridades competentes; o
la tasa se mantiene invariable a lo largo del tiempo en lugar de actualizarse diariamente (o con mayor frecuencia).
Uso de la primera tasa de cambio posterior
Una moneda que no es convertible en otra moneda en la fecha de medición para un propósito especificado podría convertirse posteriormente en convertible en esa moneda para ese propósito. En tales situaciones, la entidad podría concluir que la primera tasa de cambio posterior cumple el objetivo descrito en el párrafo 30.5A.
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Citado en 1 parrafo
La primera tasa de cambio posterior podría no reflejar las condiciones económicas imperantes cuando, por ejemplo:
la fecha en la que se restablece la convertibilidad es muy posterior a la fecha de medición; o
una economía está sujeta a la hiperinflación o a una inflación elevada y los precios suelen cambiar rápidamente, quizá varias veces al día.
Uso de otra técnica de estimación
Una entidad que utilice otra técnica de estimación está autorizada a utilizar cualquier tasa de cambio observable—incluyendo tasas de transacciones de cambio en mercados o mecanismos de cambio que no creen derechos u obligaciones exigibles—y ajustar esa tasa, según sea necesario, para cumplir el objetivo descrito en el párrafo 30.5A.
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Citado en 2 parrafos
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