Provisiones y Contingencias
Alcance de esta sección
Esta sección se aplicará a todas las provisiones (es decir, pasivos de cuantía o vencimiento inciertos), pasivos contingentes y activos contingentes, excepto a las provisiones tratadas en otras secciones de esta Norma, que incluye disposiciones relacionadas con:5
arrendamientos (Sección 20 Arrendamientos). No obstante, esta sección trata los arrendamientos operativos que pasan a ser onerosos.
ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes (Sección 23 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes). No obstante, esta sección trata los contratos con clientes que se han convertido en onerosos.
obligaciones por beneficios a los empleados (Sección 28 Beneficios a los Empleados).
impuesto a las ganancias (Sección 29 Impuesto a las Ganancias).
contraprestación contingente de una adquiriente en una combinación de negocios (Sección 19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía).
Citado en 2 parrafos
Esta sección es de aplicación a los contratos de garantía financiera emitidos a título gratuito cuando el deudor especificado es otra entidad del grupo. Otros contratos de garantía financiera emitidos están incluidos en el ámbito de aplicación de la Parte II de la Sección 11 Instrumentos Financieros.
1 referencia
Citado en 2 parrafos
Los requerimientos de esta sección no se aplicarán a los contratos pendientes de ejecución, a menos que sean contratos onerosos. Los contratos pendientes de ejecución son aquellos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus obligaciones.
La palabra “provisión” se utiliza, en ocasiones, en el contexto de partidas tales como depreciación, deterioro del valor de activos y cuentas por cobrar incobrables. Estas situaciones son ajustes en el importe en libros de activos en lugar de un reconocimiento de pasivos y por ello no se tratan en esta sección.
Reconocimiento inicial
Una entidad solo reconocerá una provisión cuando:
una entidad tiene una obligación en la fecha de presentación como resultado de un suceso pasado;
es probable (es decir, más posible que no) que se requiera a la entidad transferir beneficios económicos en la cancelación de la obligación; y
el importe de la obligación pueda ser estimado de forma fiable.
Citado en 2 parrafos
La entidad reconocerá la provisión como un pasivo en el estado de situación financiera y reconocerá el importe de la provisión como un gasto, a menos que otra sección de esta Norma requiera que se reconozcan los costos como parte del costo de un activo, tales como inventarios o propiedades, planta y equipo.
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Citado en 1 parrafo
La condición del párrafo 21.4(a) (obligación en la fecha sobre la que se informa que surge de un suceso pasado) implica que la entidad no tiene otra alternativa más realista que liquidar la obligación. Esto puede ocurrir cuando la entidad tiene una obligación legal que puede ser exigida por ley, o cuando la entidad tiene una obligación implícita porque el suceso pasado (que puede ser una acción de la entidad) ha creado una expectativa válida ante terceros de que cumplirá con sus compromisos o responsabilidades. Las obligaciones que surgirán como consecuencia de las acciones futuras de la entidad (es decir, de la gestión futura) no satisfacen la condición del párrafo 21.4(a), con independencia de lo probable que sea su ocurrencia y aunque surjan de un contrato. Por ejemplo, por causas de tipo comercial o requerimientos legales, una entidad puede pretender o necesitar realizar desembolsos para operar de una manera determinada en el futuro (un ejemplo es la colocación de filtros de humos en un determinado tipo de fábrica). Puesto que la entidad puede evitar el desembolso futuro mediante actuaciones futuras, por ejemplo, cambiando su método de llevar a cabo la fabricación o vendiendo la fábrica, no existe una obligación presente de realizar esos desembolsos y, por tanto, no reconocerá provisión alguna para ellos.
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Una reestructuración es un programa planificado y controlado por la gerencia y que cambia significativamente el alcance de un negocio emprendido por una entidad o en la manera en que ese negocio se gestiona. Ejemplos de eventos que pueden entrar en la definición de reestructuración:
venta o terminación de una línea de negocio;
el cierre de sedes empresariales en un país o región o el traslado de actividades de negocio de un país o región a otro;
cambios en la estructura de gestión, por ejemplo, la eliminación de un nivel de gerencia; y
reorganizaciones fundamentales que tengan un efecto material o con importancia relativa sobre la naturaleza y el enfoque de las operaciones de la entidad.
Citado en 1 parrafo
Una obligación implícita de reestructuración surge solo cuando una entidad:
Tiene un plan formal y detallado para la reestructuración, identificando, al menos:
las actividades empresariales, o la parte de las mismas, implicadas;
las principales ubicaciones afectadas;
la ubicación, la función y el número aproximado de empleados que serán indemnizados por terminación de sus servicios;
los desembolsos que se llevarán a cabo; y
las fechas en las que el plan será implementado.
se haya creado una expectativa real, entre los afectados, respecto a que se llevará a cabo la reestructuración, ya sea por haber comenzado a ejecutar el plan o por haber anunciado sus principales características a los que se van a ver afectados por el mismo.
Medición inicial
Una entidad medirá una provisión como la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación, en la fecha sobre la que se informa. La mejor estimación es el importe que una entidad pagaría racionalmente para liquidar la obligación al final del periodo sobre el que se informa o para transferirla a un tercero en esa fecha.
cuando la provisión involucra a un número importante de partidas, la estimación del importe reflejará una ponderación de todos los posibles desenlaces por sus probabilidades asociadas. En el caso de que el rango de desenlaces posibles es un continuo, y cada punto de este tenga la misma probabilidad que otro, se utilizará el valor medio del intervalo.
cuando la provisión surja de una única obligación, la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación puede ser el desenlace individual que resulte más probable. No obstante, también en este caso la entidad considerará otros desenlaces posibles. Cuando otros desenlaces posibles sean mucho más caros o mucho más baratos que el desenlace más probable, la mejor estimación será un importe mayor o menor que el resultado más probable.
Citado en 2 parrafos
Cuando el efecto del valor en el tiempo del dinero resulte material o con importancia relativa, el importe de la provisión será el valor presente de los importes que se espera sean requeridos para liquidar la obligación. La tasa (o tasas) de descuento será una tasa antes de impuestos que refleje las evaluaciones actuales del mercado correspondientes al valor del dinero en el tiempo. Los riesgos específicos del pasivo deben reflejarse en la tasa de descuento utilizada o en la estimación de los importes requeridos para liquidar la obligación, pero no en ambos.
Una entidad excluirá las ganancias por la disposición prevista de activos de la medición de una provisión. Cuando una parte o la totalidad del importe requerido para cancelar una provisión pueda ser reembolsado por un tercero (por ejemplo, a través de una reclamación a un seguro), la entidad reconocerá el reembolso como un activo separado solo cuando sea prácticamente seguro que la entidad recibirá dicho reembolso al cancelar la obligación. El importe reconocido para el activo no debe exceder al importe de la provisión. El reembolso por cobrar se presentará en el estado de situación financiera como un activo y no se compensará con la provisión. En el estado del resultado integral, la entidad puede compensar cualquier reembolso de terceros contra el gasto relacionado con la provisión.
Medición posterior
Una entidad cargará contra una provisión únicamente los desembolsos para los que fue originalmente reconocida.
Una entidad revisará y ajustará las provisiones en cada fecha sobre la que se informa para reflejar la mejor estimación actual del importe que sería requerido para cancelar la obligación en esa fecha. Cualquier ajuste a los importes previamente reconocidos se reconocerá en los resultados del periodo, a menos que la provisión se hubiera reconocido originalmente como parte del costo de un activo (véase el párrafo 21.5). Cuando una provisión se mida por el valor presente del importe que se espera que sea requerido para cancelar la obligación, la reversión del descuento se reconocerá como un costo financiero en los resultados del periodo en que surja.
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Cada asiento y reporte tiene en cuenta esta normativa automaticamente.
Pasivos contingentes
Un pasivo contingente es una obligación posible pero incierta o una obligación presente que no está reconocida porque no cumple una o las dos condiciones de los apartados (b) y (c) del párrafo 21.4. Una entidad no reconocerá un pasivo contingente como un pasivo, excepto los pasivos contingentes asumidos en una combinación de negocios, en aplicación del párrafo 19.19. El párrafo 21.15 requiere revelar un pasivo contingente a menos que la posibilidad de tener una salida de recursos sea remota. Cuando una entidad sea responsable, de forma conjunta y solidaria, de una obligación, la parte de la deuda que se espera que cubran las otras partes se tratará como un pasivo contingente.
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Activos contingentes
Una entidad no reconocerá un activo contingente como un activo. El párrafo 21.16 requiere que se revele información sobre un activo contingente, cuando sea probable la entrada de beneficios económicos a la entidad. Sin embargo, cuando el flujo de beneficios económicos futuros sea prácticamente cierto, el activo correspondiente no es un activo contingente y, por tanto, su reconocimiento es apropiado.
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Información a revelar
Información a revelar sobre provisiones
Para cada clase de provisión, una entidad revelará lo siguiente: No se requiere información comparativa para los periodos anteriores.
una conciliación que muestre:
el importe en libros al principio y al final del periodo;
las adiciones realizadas durante el periodo, incluyendo los ajustes procedentes de los cambios en la medición del importe descontado;
los importes cargados contra la provisión durante el periodo; y
los importes no utilizados revertidos en el periodo.
una breve descripción de la naturaleza de la obligación y del importe y calendario esperados de cualquier pago resultante;
una indicación acerca de las incertidumbres relativas al importe o al calendario de las salidas de recursos; y
el importe de cualquier reembolso esperado, indicando el importe de los activos que hayan sido reconocidos por esos reembolsos esperados.
Citado en 1 parrafo
Información a revelar sobre pasivos contingentes
A menos de que la posibilidad de una eventual salida de recursos para liquidarlo sea remota, una entidad revelará para cada clase de pasivo contingente, en la fecha sobre la que se informa, una breve descripción de la naturaleza del mismo y, cuando fuese practicable: Si resulta impracticable revelar una o más de estas informaciones, este hecho deberá indicarse.
una estimación de sus efectos financieros, medidos de acuerdo con los párrafos 21.7 a 21.11;
una indicación de las incertidumbres relacionadas con el importe o el calendario de las salidas de recursos correspondientes; y
la posibilidad de cualquier reembolso.
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Citado en 1 parrafo
Información a revelar sobre activos contingentes
Si una entrada de beneficios económicos es probable (más probable que no) pero no prácticamente segura, la entidad revelará una descripción de la naturaleza de los activos contingentes al final del periodo sobre el que se informa y, a menos que suponga un costo o esfuerzo desproporcionado, una estimación de su efecto financiero, medido según los principios establecidos en los párrafos 21.7 a 21.11. Si esta estimación involucrara esfuerzo o costo desproporcionado, la entidad revelará ese hecho y las razones por las que la estimación del efecto financiero involucraría dicho esfuerzo o costo desproporcionado.
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Citado en 1 parrafo
Información a revelar perjudicial
En casos extremadamente excepcionales, puede esperarse que la revelación de información, total o parcial, requerida por los párrafos 21.14 a 21.16 perjudique seriamente la posición de la entidad, en disputas con terceros sobre las situaciones que contemplan las provisiones, los pasivos
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Información a revelar sobre contratos de garantía financiera
Una entidad revelará para los contratos de garantía financiera emitidos en el ámbito de esta sección (véase el párrafo 21.1A):
la naturaleza y el propósito de negocio de estos contratos;
una indicación de las incertidumbres relacionadas con el importe o el calendario de cualquier salida de recursos; y
el importe máximo que la entidad podría tener que pagar si se ejecutan las garantías.
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Una entidad también revelará la información requerida por la Sección 33 Información de Partes Relacionadas, y, si corresponde, la información requerida por los párrafos 21.14 y 21.15.
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Apéndice de la Sección 21 Ejemplos ilustrativos
Este apéndice acompaña a la Sección 21, pero no forma parte de esta. Los ejemplos ilustran cómo aplicar los requerimientos de la Sección 21 al reconocer y medir las provisiones. Todas las entidades en los ejemplos de este Apéndice tienen el 31 de diciembre como fecha de presentación. En todos los casos existe la suposición de que puede hacerse una estimación fiable de todas las salidas de recursos esperadas. En algunos ejemplos, las circunstancias descritas pueden haber dado lugar a un deterioro de valor de los activos; este aspecto no se trata en los ejemplos. Cuando el efecto del valor temporal del dinero es material o con importancia relativa, las referencias a la “mejor estimación” son al importe del valor presente.
Ejemplo 1 Pérdidas de operación futuras
Una entidad determina que es probable que un segmento de sus operaciones incurrirá en pérdidas de operación futuras durante varios años. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga—no hay ningún suceso pasado que obligue a la entidad a pagar recursos. Conclusión―la entidad no reconoce ninguna provisión por pérdidas de operación futuras. Las pérdidas futuras esperadas no cumplen la definición de pasivo. La expectativa de pérdidas de operación futuras puede ser indicativa de que uno o más activos están deteriorados―véase la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.
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Ejemplo 2 Contratos de carácter oneroso
Un contrato de carácter oneroso es aquél en el que los costos inevitables de cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato son mayores que los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo. Los costos inevitables del contrato reflejarán los menores costos netos del contrato mismo, o lo que es igual, el importe menor entre el costo de su cumplimiento y la cuantía de las compensaciones o multas que se deriven de su incumplimiento. Por ejemplo, una entidad puede estar requerida contractualmente, en virtud de un arrendamiento operativo, a efectuar pagos para arrendar un activo que ya no utiliza. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―la entidad está contractualmente requerida a pagar recursos por los cuales no recibirá beneficios comparables a cambio. Conclusión―si una entidad tiene un contrato de carácter oneroso, la entidad reconocerá y medirá la obligación actual resultante del contrato como una provisión.
Ejemplo 3 Reestructuraciones
Ejemplo 4 Garantías
Una entidad de manufacturas ofrece, a los compradores de su producto, garantías en el momento de realizar sus adquisiciones. En virtud de las condiciones del contrato de venta, el fabricante se compromete a subsanar, por medio de la reparación o de la sustitución de los productos, los defectos de fabricación que se pongan de manifiesto en el transcurso de tres años a partir de la fecha de la venta. Sobre la base de la experiencia, es probable (es decir, hay mayor probabilidad de que ocurra que de lo contrario) que se presenten algunas reclamaciones en el periodo de garantía. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―el suceso que obliga es la venta del producto con garantía, la cual da lugar a una obligación legal. Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos en su liquidación―resulta probable para el conjunto de las garantías. Conclusión―la entidad reconocerá una provisión por el importe de la mejor estimación de los costos de reparar los productos en garantía vendidos antes de la fecha sobre la que se informa. Ilustración de los cálculos: En 20X0, se venden productos por 1.000.000 de u. m.. La experiencia indica que el 90% de los productos vendidos no requieren reparaciones en garantía; el 6% de los productos vendidos requieren reparaciones menores que cuestan el 30% del precio de venta; y el 4% de los productos vendidos requieren reparaciones o sustituciones importantes que cuestan el 70% del precio de venta. Por tanto, los costos estimados de las garantías son los siguientes: 1.000.000 u. m. × 90% × 0 = 0 u. m. 1.000.000 u. m. × 6% × 30% = 18.000 u. m. 1.000.000 u. m. × 4% × 70% = 28.000 u. m. Total = 46.000 u. m. Los desembolsos por reparaciones y sustituciones de productos en garantía vendidos en 20X0 se espera que produzcan lo siguiente al final de cada periodo: el 60% en 20X1, el 30% en 20X2, y el 10% en 20X3. Puesto que los flujos de efectivo estimados ya reflejan la probabilidad de las salidas de efectivo, y si se supone que no hay otros riesgos o incertidumbre que deban reflejarse, para determinar el valor presente de esos flujos de efectivo la entidad utilizará una tasa de descuento “libre de riesgo” basada en bonos del estado con el mismo plazo que las salidas de efectivo esperadas (6% para bonos a un año y 7% para bonos a dos y tres años). El cálculo del valor presente, a finales de 20X0, de las salidas de efectivo estimadas con relación a las garantías por los productos vendidos en 20X0 es el siguiente: - Salidas de efectivo esperadas en 1 año (27.600 u.m.): Valor presente de 26.038 u.m. (a una tasa del 6%, factor 0,9434). - Salidas de efectivo esperadas en 2 años (13.800 u.m.): Valor presente de 12.053 u.m. (a una tasa del 7%, factor 0,8734). - Salidas de efectivo esperadas en 3 años (4.600 u.m.): Valor presente de 3.755 u.m. (a una tasa del 7%, factor 0,8163). Total valor presente: 41.846 u.m.
Ejemplo 5 Reembolso de las ventas a voluntad del cliente
Ejemplo 6 Cierre de una división—que no se llevará a cabo antes del final del periodo sobre el que se informa
El 12 de diciembre del año 20X0, el órgano de administración de la entidad decidió cerrar una de sus divisiones. Con anterioridad al final del periodo sobre el que se informa (que tuvo lugar el 31 de diciembre del año 20X0), ni se comunicó la decisión a ninguno de los afectados ni se tomó ninguna otra medida para llevar a cabo la clausura decidida. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―no ha habido ningún suceso que obligue y, por tanto, no existe obligación alguna. Conclusión―la entidad no reconocerá una provisión.
Ejemplo 7 Cierre de una división—comunicación e implementación antes del final del periodo sobre el que se informa
El 12 de diciembre de 20X0, el órgano de administración de una entidad tomó la decisión de cerrar una división que fabricaba un determinado producto. El 20 de diciembre de ese 20X0 se acordó, por parte del órgano de administración, un plan detallado para cerrar; se mandaron cartas a los clientes avisándoles que buscaran una fuente alternativa de suministro, a la vez que se mandaron los correspondientes avisos de despido al personal que prestaba sus servicios en la división. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga—el suceso que obliga es la comunicación de la decisión a los clientes y empleados, lo cual ha dado lugar a una obligación implícita desde esa fecha, puesto que ha creado una expectativa válida respecto al cierre de la división. Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos en su liquidación―probable. Conclusión―la entidad reconocerá una provisión el 31 de diciembre de 20X0 por el importe de la mejor estimación de los costos incurridos para cerrar la división.
Ejemplo 8 Actualización formativa del personal como consecuencia de cambios en el sistema del impuesto a las ganancias
El gobierno ha introducido cambios en el sistema del impuesto a las ganancias. Como consecuencia de esos cambios, una entidad del sector de servicios financieros necesitará los conocimientos de una gran parte de sus empleados de las áreas comercial y administrativa, para asegurarse de que se seguirán observando las regulaciones fiscales. Al final del periodo sobre el que se informa, no se han llevado a cabo acciones formativas. Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―el cambio de la ley fiscal no impone una obligación sobre una entidad de realizar alguna actualización de capacitación. No se ha producido ningún suceso que obligue a reconocer la provisión (la propia capacitación). Conclusión―la entidad no reconocerá una provisión.
Ejemplo 9 Un caso judicial
Un cliente ha demandado a la Entidad X, solicitando una indemnización por daños sufridos, según dice el cliente, por utilizar un producto vendido por la Entidad X. Ésta no acepta su responsabilidad argumentando que el cliente no siguió las instrucciones de utilización de dicho producto. Hasta la fecha de autorización de los estados financieros del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 20X1 para su emisión, los abogados de la entidad eran de la opinión de que la entidad probablemente no sería declarada culpable. Sin embargo, cuando la entidad estaba elaborando sus estados financieros correspondientes al periodo contable cerrado el 31 de diciembre del año 20X2, los abogados opinaban que, tras los últimos desarrollos del proceso judicial, era probable que la entidad fuera declarada culpable:
al 31 de diciembre de 20X1 Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―según la evidencia disponible en la fecha de aprobación de los estados financieros, no existe obligación alguna a consecuencia de sucesos pasados. Conclusión―no se reconocerá una provisión. La cuestión se revelará como un pasivo contingente, a menos que la probabilidad de salida de recursos se considere remota.
al 31 de diciembre de 20X2 Obligación presente como consecuencia de un suceso pasado que obliga―según la evidencia disponible, existe una obligación presente. El suceso que obliga es la venta del producto al cliente. Una salida de recursos que incorporan beneficios económicos en su liquidación―probable. Conclusión―se reconocerá una provisión por la mejor estimación del importe para cancelar la obligación y el gasto se reconocerá en resultados del periodo. No es una corrección de un error de 20X1 porque, según la evidencia disponible en la fecha de aprobación de los estados financieros de 20X1, no se debería haber reconocido ninguna provisión en esa fecha.
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